Tres requisitos
Los elementos de la relación laboral son: prestación personal de servicios, subordinación y remuneración.
Prestación personal de servicios : La persona contratada es la única que puede realizar la labor encomendada.
Subordinación : La persona puede ser sancionada , orientada en su trabajo y sobre todo recibir ordenes directas.
Remuneración : Debe recibir un ingreso económico por su labor.
La falta de presencia de pruebas o indicios para acreditar el pago de la remuneración no enerva la posibilidad que, se pueda determinar la existencia de una relación laboral, siempre que se acredite la presencia de los elementos de prestación personal de servicios y subordinación.
Sunafil
Los inspectores comisionados analizan la presencia de los indicios o pruebas de manera conjunta con la finalidad de que sirvan de referencia para acreditar la configuración de los elementos de la relación laboral.
Usted esta esquivado
Si pensaba que por omitir la entrega de boleta de pago , por no hacerle firmar un contrato de trabajo , es suficiente para no ingresarlo en planilla.
Eso son solo adornos , la esencia como ya se entero va por otro lado.
Fuente : Protocolo Nro 002-2018-SUNAFIL/INII
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