Aunque el comportamiento del empleador no es aceptable , sobre el tema en cuestión tiene mucho de cierto.
En la legislación laboral peruana no existe una ley o norma expresa que obligue al empleador pagar como tiempo laborado el periodo de tiempo que el trabajador tomo al asistir a una cita medica.
Sea en el EsSalud , alguna clinica local , en alguna posta medica , en algun hospital del MINSA o en un consultorio particular.
Salvo el caso que el empleador y los trabajadores hayan acordado previamente como se debera tratar el tiempo de asistencia a una cita medica , que frecuentemente se acuerda recuperar el tiempo invertido en la atención medica laborando las horas en cuestión.
Por lo tanto , si un trabajador se ausenta por cita medica , sea el tiempo que fuere y no existe un procedimiento acordado con la empresa , esta no esta obligada al pago del tiempo ausentado.
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