Son aquellas faltas a laborar , en la cual el trabajador no manifiesta el motivo de las mismas.
¿ Que sucedería si el trabajador se ausenta de manera injustificada?
Toda ausencia al trabajo debe ser comunicada y justificada ante el empleador dentro del tercer día útil de producida más el término de la distancia (lo que demora la recepción por el empleador)
Base legal : D.S. 001-96-TR. art.37.
¿ El empleador puede exigirle que justifique su ausencia?
Si.
Utilizando su Poder de dirección y fiscalización , el empleador puede establecer un procedimiento interno para que el trabajador este obligado a justificar su ausencia.
Es costumbre que el area de recursos humanos o de personal tenga la responsabilidad de llevar a cabo esa actividad .
Lo ideal seria que el Jefe inmediato del trabajador la desarrolle , pero ...
¿ Es valido que el empleador evalue y califique la justificación de la ausencia del trabajador como " justificada " o " injustificada"?.
Para fines disciplinarias internos , se acostumbra que el empleador califique las justificaciones " obligatorias " de las ausencias del trabajador , para aplicar una medida disciplinaria..
Recuerde : Las ausencias injustificadas son consideradas como faltas graves , que llevadas al limite motivan el cese del trabajador.
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