Mediante un comunicado el MTPE ha señalado que en caso la selección peruana de fútbol logre la clasificación al Mundial Rusia 2018, en virtud del partido a llevarse a cabo el 15-11-2017 frente a la selección de Nueva Zelanda, se declarará el 16-11-2017 día no laborable a nivel nacional (sujeto a compensación) de manera obligatoria para el sector público y de manera opcional para el sector privado.
¿ Como es el tratamiento de un día no laborable compensable?
Compensación
Las horas no laboradas el Jueves 16 Noviembre 2017 serán compensadas mediante acuerdo entre el empleador y los trabajadores.
¿ Y si no hay acuerdo?
Si no hubiera un acuerdo, decidirá el empleador
Algo mas :
La recuperación de horas, estará sujeta a parámetros de razonabilidad y no afectará el descanso semanal obligatorio del trabajador.
En ningún caso la recuperación de horas será considerada como trabajo de sobretiempo.
Para el sector Publico
El descanso por el dia no laborable sera obligatorio en el sector Publico.
Para empresas del sector Privado
Al ser opcional la aplicación de este dia no laborable para el sector privado se pueden presentar los siguientes casos :
a.- Si la empresa decide laborar normalmente el 16 de Noviembre 2017
En este caso el personal debera asistir a laborar de forma normal
Ya no estará obligado a compensar dicho tiempo de labores.
No se genera pago de sobretasa por dicha labor realizada
b.- La empresa decide aplicar el dia no laborable solo a un grupo de trabajadores
Las razones para ello deben ser objetivas y estar debidamente justificadas (seguridad, seguridad personal, servicios mínimos o esenciales, asegurar la continuidad de las actividades de la empresa, entre otros).
c.- La empresa decide labor el dia 16 de Noviembre , pero un trabajador no asiste
El empleador podra sancionar la ausencia del trabajador.
d.- La empresa decide laborar el dia 16 de Noviember , pero un trabajador llega con tardanza
El empleador esta en la facultad de sancionar dicha tardanza.
Al ser opcional la aplicación de este dia no laborable para el sector privado se pueden presentar los siguientes casos :
a.- Si la empresa decide laborar normalmente el 16 de Noviembre 2017
En este caso el personal debera asistir a laborar de forma normal
Ya no estará obligado a compensar dicho tiempo de labores.
No se genera pago de sobretasa por dicha labor realizada
b.- La empresa decide aplicar el dia no laborable solo a un grupo de trabajadores
Las razones para ello deben ser objetivas y estar debidamente justificadas (seguridad, seguridad personal, servicios mínimos o esenciales, asegurar la continuidad de las actividades de la empresa, entre otros).
c.- La empresa decide labor el dia 16 de Noviembre , pero un trabajador no asiste
El empleador podra sancionar la ausencia del trabajador.
d.- La empresa decide laborar el dia 16 de Noviember , pero un trabajador llega con tardanza
El empleador esta en la facultad de sancionar dicha tardanza.
Lic. Ricardo Candela Casas
Obligaciones del empleador al inicio de la relación laboral
¿ Sabe usted cuales son sus obligaciones cuando inicia la relación laboral con un nuevo trabajador?
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas