Descuento de seguro privado salud en la remuneración

¿Es legal descontar de la remuneración (con autorización previa) el monto de un seguro privado  por salud al que el trabajador se haya suscrito?

Un caso : Una empresa contrata a diversos vendedores , en su boleta de pago la empresa les descuenta un monto por seguro privado  ( Clinica Angloamericana) . Estos trabajadores piensan que no deberia ser asi .


Un caso por resolver 

No es legal el descuento por concepto de un seguro privado del trabajador.

Esto aun cuando medie su autorización  por escrito.

¿ Por que ah?
La remuneración tiene carácter intangible, por lo que los descuentos que se hagan deben estar previstos en la ley.


Descuentos permitidos por ley
La normativa prevé descuentos que por mandato de la ley, obligatoriamente deben ser realizados :
Ejemplo : El caso de la retención por el sistema de pensiones  , sea publico ( ONP) o Privado ( AFP)

¿ Entonces , nunca se podrá descontar ?
Sin embargo, se han establecido casos en los que éstos sí se pueden efectuar, siempre y cuando medie la autorización del trabajador.

Estos son:
- Aportes a Pro-Vivienda (Ley 13500),
- Pagos por adquisición, alquiler y mejora de la casa habitación del trabajador (D. Ley 21635),
- Pago de cuotas sindicales (D. Ley 25593)
- Pagos que realicen trabajadores de cooperativas .

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