Obligación del trabajador de justificar inasistencias

  
Inasistencia siempre deberá justificarse
Fuente : sentencia de la Casación Laboral N° 12034-2004 Lima.


No basta con comunicar la inasistencia a su empleador . el trabajador está obligado a justificarla. Caso contrario podría ser sancionado con medida disciplinaria.


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El empleador podrá sancionar válidamente al trabajador que no asiste a laborar si este solo comunica su inasistencia sin justificarla.

El caso :
A criterio de la Corte Suprema no es suficiente comunicar la inasistencia al empleador, sino que además se requerirá que este hecho sea autorizado, por lo que el empleador en su facultad de dirección podrá sancionar al trabajador. 

Empresa sancionó a trabajador pues este no justificó su inasistencia.

Al no haberse acreditado, en el caso, la justificación de la inasistencia, el máximo tribunal sostuvo que la sanción del empleador resulta conforme a derecho. 








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