Elección de la entidad depositaria de la compensación por tiempo de servicios

¿ Es facultad del empleador determinar donde se depositara la compensación por tiempo de servicios del trabajador?

VER AQUÍ
No.

Según las normas vigentes es el trabajador quien elige libremente la entidad financiera donde desea que se le deposite su compensación por tiempo de servicios.

El empleador solo puede :
Tomar conocimiento de dicha decisión , y
Proceder a efectuar los depósitos semestrales según  esta establecido en la ley.

Pregunta : Pero en mi empresa , el empleador no ha indicado que todos debemos elegir una determinada entidad financiera  , ¿ Es eso legal?
No.
La " elección inducida" , como manifiesta no es legal.
El empleador debe dejar libertad al trabajador para elegir la entidad financiera que desee.

Pregunta : Trabajo en el area de recursos humanos , nosotros indicamos a los trabajadores que les "conviene " elegir determinada entidad financiera , esto debido a la facilidad de gestión que nos permite proceder de esta manera.

Lo que hace no es correcto.

Es verdad que en una población laboral de 100 trabajadores , tendrá diferentes entidades financieras donde deberá realizar el deposito de la compensación por tiempo de servicios . Eso origina mucho trabajo al área administrativa.

Pero la ley a sido elaborada de esa forma y deben ser cumplida.

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