En algunas empresas se estila "multar " , al trabajador por algún incumplimiento o falta laboral.
Se utiliza mucho el compromiso de pago , que el trabajador firma para evitarse problemas mayores con su empleador .
Dicha situación origina que se descuenten montos " antojadizos" como medida disciplinaria , en la compensación por tiempo de servicios .
Pero eso no es legal.
El empleador debe saber que la compensación por tiempo de servicios no puede ser objeto de descuentos no autorizados por ley.
El proceder de esa manera , motivara el pago de una indemnización a favor del trabajador
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