La jubilación obligatoria y automática a los 70 años

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¿ Como debe proceder la empresa ante la jubilación obligatoria del personal a los 70 años?

Una de los motivos por el cual termina la relación laboral es la jubilación obligatoria y automática sujeta a que el trabajador cumpla 70 años de edad.

 ¿Es solo necesario que cumpla dicha edad ?
No.

La ley exige que el trabajador debe tener derecho a una pensión de jubilación . Bajo el esquema publico ( ONP) o el Privado ( Sistema Privado de pensiones).

Base legal : D.S. 003-97-TR  articulo  21. D.S. 001-96-TR , articulo 30

¿Entonces ?
Si la empresa decide aplicar este motivo de cese , deberá  considerar que el trabajador cumpla los dos requisitos :

a.- Haber cumplido los 70 años de edad
b.- Tener derecho a una pensión de jubilación.

¿ Y si falta alguno de esos requisitos?
Pues , no se podrá aplicar dicho motivo de cese en el empleo.

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