RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y DE PRESTACIONES ECONÓMICAS N° 24-GCSPE-ESSALUD-2016
Lima, 9 de mayo de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14° del Decreto Supremo Nº 009-97-SA Reglamento de la Ley 26790 indica que, las prestaciones económicas comprenden los subsidios por incapacidad temporal, maternidad, lactancia y las prestaciones por sepelio, añadiendo que ESSALUD establece la normatividad complementaria que contemple las diferentes circunstancias en el otorgamiento de las prestaciones económicas;
Que, el artículo 16° del Decreto Supremo Nº 009-97-SA Reglamento de la Ley N° 26790, modificado por el Decreto Supremo N° 020-2006-TR, establece que el subsidio por maternidad se otorga en dinero con el objeto de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido.
Que mediante Resolución de Gerencia General Nº 518-GG-ESSALUD-2016, se aprueba la Directiva Nº 09 -GG-ESSALUD-2016 “Pago de Subsidio por Maternidad”, cuyo objetivo es el establecer las normas, criterios y procedimientos que regulen el pago de prestación por maternidad a través de un proceso automatizado para el pago oportuno de la prestación;
Que con el fin de fortalecer el Sistema de Control Interno, es necesario complementar la información requerida en la Declaración Jurada de Maternidad y en el Anexo “Cálculo del Subsidio por Maternidad”, de la Directiva Nº 09 -GG-ESSALUD-2016, que presenta el administrado al solicitar la prestación por maternidad;
Que la Resolución de Gerencia General Nº 518 -GGESSALUD- 2016, que aprueba la Directiva Nº 009 -GGESSALUD- 2016, en su Numeral 4 faculta a la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas a emitir las disposiciones necesarias para la aplicación de la precitada Directiva.
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 del 31 de diciembre de 2015, se aprobó el texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – EsSalud, cuyo artículo N° 139º, señala que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas es el órgano de línea de la Gerencia General encargado de proponer las políticas, normas y estrategias de aseguramiento, así como gestionar los procesos relacionados al régimen contributivo de la Seguridad Social y otros seguros de riesgos humanos.
Asimismo controlar el otorgamiento de las prestaciones económicas;
Que, en uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE:
Primero.- APROBAR la nueva versión de la Declaración Jurada de Maternidad y el Anexo “Cálculo del Subsidio por Maternidad” previstos en la Directiva Nº 009 -GG-ESSALUD-2016.
Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Apoyo y Seguimiento de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado la difusión interna y publicación en la página web del Seguro Social de Salud - EsSalud.
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