Prohibición de contratar reemplazo de trabajadores en huelga

Empresa pueden cubrir puestos de huelguistas con trabajadores propios



Lo que esta prohibido:
Se prohíbe  a la empresa contratar personal de reemplazo para realizar las actividades de los trabajadores que ejercen legalmente  el derecho de huelga.
Es infraccion muy grave a las relaciones laborales , contravenir esta disposición.

Una nueva posición
No se comete esta infraccion , si le empresa realizar una movilización interna de  sus propios trabajadores.
Fuente : Exp. 00721-2013-0-0401-LA 05
Corte superior de Justicia  Arequipa.

Por lo tanto no esta prohibido que el empleador reorganice las actividades con el personal no sujeto a la huelga ,para continuar sus labores.
Eso conlleva a que un trabajador pueda terminar realizando la labor de 02 o mas personas.

==================================
Conviértase en seguidor de este blog legislación laboral


Y reciba información de la legislación laboral peruana en su correo personal

Ingrese aqui


===================

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...