Mujer en periodo de lactancia no podrá ser trasladara de sede laboral
La corte suprema establece una mayor protección a la madre trabajadora en periodo de lactancia , no permitiendo un traslado a otra sede laboral , si ello afecta su núcleo familiar.
base legal : Cas 2456-2014- Lima
El caso
Una entidad comunico a su trabajadora que seria trasladada desde su centro de labores en lima , a otra sede de la empresa en provincia , luego de su licencia por maternidad.
La decisión se sustento en que previamente la trabajadora había acordado en su contrato laboral la posibilidad de que su empleador pueda designar su traslado o rotación a cualquier sede el empleador a nivel nacional .... pero.
La corte suprema
La corte suprema estableció en este caso nuevas restricciones a la facultad de modificación de las condiciones de trabajo : traslado o rotación geográfica :
1.- Que el traslado de la trabajadora se produzca por una necesidad funcional de la empresa . es decir razonabilidad del cambio , la magnitud del cambio debe ser razonable y no debe existir perjuicio económico o moral para el trabajador.
2.- El traslado de la trabajadora a un lugar lejano de su núcleo familiar atenta contra sus derechos.
3.- El acuerdo por el cual la trabajadora " acepto" la posibilidad para que su empleador determine un traslado geográfico de manera genérica , no prevalece frente a la protección de los derechos de la madre y su menor hijo.
Lo que debe tomar en cuenta : Este supuesto debe analizarse en cada caso concreto, pues no toda variación de las condiciones laborales de una mujer embarazada o lactante constituye una afectación de sus derechos.
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