Un monto que podría ser reemplazado por un futuro seguro de desempleo.
¿ A que se denominara seguro de desempleo?
Es un servicio del estado , en muchos países en el cual el ex trabajador percibe un monto económico durante un tiempo determinado mientras exista su condición de desempleado.
¿ Como funcionara el seguro de desempleo en el Perú?
El tema no es nuevo , ya existen propuestas técnicas que buscaban reemplazar a la CTS ( Compensación por tiempo de servicios ) .
La propuesta de un candidato presidencial lo enfoca a ser un aporte obligatorio del empleador ( entre 2 % y 3 % de la remuneración del trabajador):
La administración se dejaría a una empresa privada ( financiera , empresa de seguros ) .
El periodo por el cual el es trabajador podrá recibir dicho " seguro de desempleo" , se estima entre 3 a 4 meses , considerados desde su ultimo trabajo formal.
Este seguro de desempleo solo seria aplicable a los " nuevos trabajadores formales " que ingresen a planilla desde el día siguiente en el que se podría oficializar la norma.
Los trabajadores " antiguos" , continuarían percibiendo y gozando de la CTS.
Algo que debe saber : Algunos tratadistas consideran a la CTS como una especie de Seguro de desempleo , por lo cual la propuesta solo seria considerada como un cambio en su forma de otorgamiento.
La pregunta ¿ A quien beneficia?
Se podría ver como un ahorro en el costo laboral , puesto que el empleador ya no tendría que destinar un sueldo anual por concepto de CTS al trabajador , solo aportaría entre el 2 % y 3 % mensual de dicha remuneración.
Las entidades financieras ya no tendrían ingresos semestrales por el concepto de CTS , por supuesto solo por el caso de nuevos trabajadores.
El trabajador , al terminar su relación laboral , tendría que apersonarse a la empresa de seguros y cobrar mensualmente su fondo de desempleo.
Sin embargo hay que mencionar :
a.- En la empresa existirían dos tipos de trabajadores .
Los que tienen CTS , y
Los que no tienen CTS , pero si seguro de desempleo.
Eso crearía un situación particular , como sucede en las Mypes ( La microempresa no paga CTS , la pequeña empresa solo para 15 días de la CTS ).
b.- La figura de tener a un grupo de trabajadores con CTS seria temporal.
Puesto que en el país prima los contratos a plazo fijo sujeto a modalidad , al termino del mismo el trabajador perdería su derecho a CTS , en una nueva contratación .
Puesto que pasaría a ser considerado como nuevo . Salvo estipulación contraria de la Ley.
Recientemente los miembros del equipo tecnico del candidato presidencial que lanzo esta propuesta ha variado su criterio , presentandolo como una alternativa que el trabajador podra elegir.
Corolario : Es un tema que debe ser explicado y tratado técnicamente . No solo como una idea o una propuesta , sino como posibilidad seria que reemplazaría un beneficio social que en su momento se considero el mas novedoso y avanzado de la época ( me refiero a la CTS).
======================================
Conviértase en seguidor de este blog
Y recibía en su correo electrónico las novedades laborales
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas