El seguro de desempleo y la compensación por tiempo de servicios

En el mes de Mayo se debe depositar en la entidad financiera elegida por el trabajador el periodo semestral de Noviembre 2015 hasta Abril 2016 .
Un monto que podría ser reemplazado por un futuro seguro de desempleo.


¿ A que se denominara seguro de desempleo?
Es un servicio del estado , en muchos países en el cual el ex trabajador  percibe un monto económico durante un tiempo determinado mientras exista su condición de desempleado.

¿ Como funcionara el seguro de desempleo en el Perú?
El tema no es nuevo , ya  existen propuestas técnicas  que buscaban reemplazar a la CTS ( Compensación por tiempo de servicios ) .

La propuesta de un candidato presidencial lo enfoca a ser un aporte obligatorio del empleador ( entre 2 % y 3 % de la remuneración del trabajador):

La administración se dejaría a una empresa privada ( financiera , empresa de seguros ) .

El periodo por el cual el es trabajador podrá recibir dicho " seguro de desempleo" , se estima entre 3 a 4 meses  , considerados desde su ultimo trabajo formal.

Este seguro de desempleo solo seria aplicable a los " nuevos trabajadores formales " que ingresen a planilla desde el día siguiente en el que se podría oficializar la norma.

Los trabajadores " antiguos" , continuarían percibiendo y gozando de la CTS.

Algo que debe saber : Algunos tratadistas consideran a la CTS como una especie de Seguro de desempleo , por lo cual  la propuesta solo seria considerada como un cambio en su forma de otorgamiento.

La pregunta  ¿ A quien beneficia?
Se podría ver como un ahorro en el costo laboral , puesto que el empleador ya no tendría que destinar un sueldo anual por concepto de CTS al trabajador , solo aportaría entre el 2 % y 3 % mensual de dicha remuneración.

Las entidades financieras ya no tendrían ingresos semestrales por el concepto de CTS , por supuesto solo por el caso de nuevos trabajadores.

El trabajador , al terminar su relación laboral , tendría que apersonarse a la empresa de seguros y cobrar mensualmente su fondo de desempleo.

Sin embargo hay que mencionar :
a.- En la empresa existirían dos tipos de trabajadores .
Los que tienen CTS , y
Los que no tienen CTS , pero si seguro de desempleo.

Eso crearía un situación particular , como sucede en las Mypes ( La microempresa no paga CTS , la pequeña empresa solo para 15 días de la CTS ).

b.- La figura de tener a un grupo de trabajadores con CTS seria temporal.
Puesto  que en el país prima los contratos a plazo fijo sujeto a modalidad , al termino del mismo el trabajador perdería su derecho a CTS , en una nueva contratación .
Puesto que pasaría a ser considerado como nuevo . Salvo estipulación contraria de la Ley.

Recientemente los miembros del equipo tecnico del candidato presidencial que lanzo esta propuesta ha variado su criterio , presentandolo como una alternativa que el trabajador podra elegir.

Corolario : Es un tema que debe ser explicado y tratado técnicamente . No solo como una idea o una propuesta , sino como posibilidad seria que reemplazaría un beneficio social que en su momento se considero el mas novedoso y avanzado de la época ( me refiero a la CTS).

======================================
Conviértase en seguidor de este blog
Y recibía en su correo electrónico las novedades laborales
=======================================

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...