Si.
Los
trabajadores tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados señalados
en el D. Leg 713 , así como los feriados que se determinen por disposición
legal especifica.
Base legal :
D.Leg 713 articulo 5 y 6
=================================
Conviértase en seguidor de este blog
Y reciba información de la legislación laboral peruana en su correo personal
==========================
¿ Es independiente el tipo de contrato laboral que haya firmado?
Si.
Es independiente.
¿ Una persona bajo practicas laborales , también goza del pago y descanso remunerado por semana santa?
No.
Dicha persona no es trabajador.
¿ Se debe recuperar los días de descanso remunerado por semana santa ?
No .
No .
Dichas días de descanso por semana santa no son sujeto de recuperación .
Es decir el empleador no puede aducir que el trabajador deba " recuperar " las horas dejadas de laborar por dichos días.
¿ El pago por feriado semana santa esta sujeto a descuento?
Si.
Se debe tratar como un pago de día laborable normal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas