Derecho del trabajador vacaciones no gozadas en su oportunidad

El no otorgamiento no genera derecho
El no otorgamiento del descanso vacacional oportuno no origina el derecho del trabajador de acumular los periodos vacacionales para su posterior disfrute.


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Ejemplo : Si a usted no le han otorgado sus vacaciones por los años 2013,2014 y 2015.
Eso no le da derecho a exigirle a su empleador que en el año 2016 desea salir tres meses de vacaciones continuas , pues le deben años anteriores.

Ejemplo : Si le deben vacaciones por dos años consecutivos y usted  desea viajar con su familia en Enero 2016  Eso no le da derecho a exigirle a su empleador que le otorgue inmediatamente los meses de vacaciones que le deben.

Deber del empleador
Tampoco se origina el deber correlativo del empleador de brindarlos..

Es decir , el empleador no se encuentra legalmente obligado a aceptar su pedido que le otorgue sus vacaciones pendientes de goce , en el momento que usted decida.

Base legal : Conforme a la Res. 83-2014-SUNAFIL/ILM de 20-11-14:

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