Es habitual que la puesta a disposición del cargo se presente en personal de dirección y de confianza .
No es aplicable a trabajadores ordinarios.
En realidad no es una renuncia , pues esta no requiere de aceptación del empleador.
Debe entenderse como una declaración del trabajador manifestando su disposición de terminar con la relación de trabajo , y que necesita de la aceptación del empleador .
¿ Entonces estamos hablando del termino relación laboral por mutuo acuerdo?
Si , en realidad es un acuerdo entre ambas partes..
Comunicación del empleador conminando para disponer el cargo
¿ Pero qué sucede si el empleador envía una comunicación al trabajador para que manifieste su disposición del cargo ?
Las comunicaciones que realiza el empleador a fin de que algunos trabajadores pongan a disposición su puesto , es una orden .
Como resultado de dicha orden , se pierde la voluntad del trabajador de terminar la relación de trabajo , convirtiéndose esta situación en un despido arbitrario.
(1) No confundir con el "retiro de la confianza" , que es considerado como despido arbitrario
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