Deposito compensación por tiempo de servicios Semestre Abril- Octubre 2015 : Lo que debe saber


Deposito Semestre  Abril- Octubre  2015
El empleador esta obligado a realizar el deposito por el semestre Abril- Octubre 2015 , hasta el Lunes 16 de Noviembre  2015 , en la entidad financiera elegida por el trabajador.

¿ Por que ?
Esto debido a que el día 15 de Noviembre es domingo.

Información del trabajador
¿ Y si el trabajador no ha informado y/o elegido la entidad financiera, eso libera al empleador de realizar el deposito por CTS?
No.
Por ley es obligación del empleador solicitar el nombre de la entidad financiera que el trabajador debe elegir para realizar el deposito de la compensación por tiempo de servicios.

¿Y si a pesar de haberle solicitado dicha información ,el trabajador no cumple  ?
A pesar de habérsele solicitado en su momento  la elección de la entidad financiera respectiva , el trabajador no cumplió  , eso no libera al empleador de realizar el deposito .
Pues la ley establece que será el empleador que decida en que entidad financiera debe realizarse dicha exigencia legal.

¿ Puede el trabajador mediante una carta notarial solicitar al empleador que dicho deposito CTS no realice , sino que se le pague directamente el importe correspondiente?
No.
Es obligación del empleador realizar el deposito . Carece de todo valor cualquier solicitud del trabajador para :
a.- Suspender el deposito en el plazo respectivo.
b.- Solicitar que se le entregue directamente el monto .
c.-  Renunciar al deposito de su CTS.

No se realiza el deposito
¿ Que sucede si el empleador no realiza el deposito respectivo?
Incurre en incumplimiento laboral , sujeto a posible sanción administrativa por el SUNAFIL .

Algo que debe saber : No por el hecho que la SUNAFIL sancione al empleador por no haber realizado los depósitos por Compensación tiempo de servicios de sus trabajadores , significara que ya No estará obligado a cumplir con esta exigencia.

Por el contrario , adicional al pago de multa respectiva deberá actualizar el monto por CTS a pagar por cada trabajador según el interés  que establezca cada entidad financiera.

¿ Y el interés laboral , no funciona aquí?
No.
Solo es aplicable el interés establecido por la entidad financiera.


El Status laboral
¿ El plazo para el deposito por CTS es solo para trabajadores empleados y obreros?
No  solo para ellos .
Es aplicable a todo trabajador en planilla , independiente de su estatus o puesto de trabajo.

¿ Puede un trabajador que tiene cargo de dirección , ejemplo El Gerente de Personal  decidir que no se le haga el deposito de la CTS o en su defecto postergarlo para cuando el decida?
No.
Es una obligación del empleador , que no esta sujeta a  condiciones por parte de ningún trabajador.

======================Blog legislación laboral peruana

Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí

===================



Manual Compensación tiempo de
servicios
Ver aquí
Otros regímenes laborales en el sector privado
¿ El plazo para realizar el deposito de la CTS es aplicable a todo el sector privado?
No.
Existen excepciones .
Ejemplo : El régimen Laboral de construcción civil
El trabajador en construcción civil no esta sujeto al plazo del deposito por CTS indicado.
A dicho personal se le pagara la compensación por tiempo de servicios cuando se retire o culmine la obra .

Ejemplo : Trabajador de microempresa
Dicho trabajador no tiene derecho a la compensación por tiempo de servicios.

En el sector Publico : Aplicación del plazo deposito
¿ Se aplica el plazo del deposito en entidad financiera para el trabajador del sector Publico?
 Para el régimen 276 no.
Para el nuevo régimen del servicio civil si.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Lo irrazonable en el comportamiento de Sunafil

  La exigencia  del cumplimiento  medidas requerimiento  deben ser dictadas  dentro de la aplicación  del principio  de razonabilidad  Fuent...

Vea tambien ...