Norma : Res Nro 147-2015-SUNAFIL
Publicado : 26/09/2015
__________________
La Sunafil cuenta con competencia en el ámbito nacional para efectuar procedimientos de ejecución coactiva respecto de las sanciones pecuniarias impuestas en el marco de sus competencias
Los topes máximos par gastos y costas procesales
La Primera Disposición Complementaria y Transitoria del precitado TUO se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá, mediante decreto supremo, aprobar en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y Locales
Que, si bien no se ha expedido el Decreto Supremo sobre los topes máximos, ello no implica que la Sunafil no pueda fijar los gastos y costas procesales a aplicarse en la Entidad, la cual podría posteriormente adecuarse a los topes máximos de dictarse la respectiva norma, en el caso que corresponda y en el supuesto que se superen los topes
Por lo tanto resulta viable la aprobación de la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, la misma que tenga por objeto liquidar las costas y gastos en dicho procedimiento
TABLA DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES
PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA SEGUIDOS
POR LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN
LABORAL- SUNAFIL
PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA SEGUIDOS
POR LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN
LABORAL- SUNAFIL
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas