Res 162-2015/SUNAT

Modifican las resoluciones de superintendencia Nro. 006-2013/Sunat y 286-2009/Sunat  , a fin  de considerar el registro de la boleta de venta electrónica , así como las notas de crédito y  debito vinculadas a esta , emitidas a través del SEE-SOL , en los libros y/o registros  electrónicos.

Norma : Resolución 162-2015/Sunat
Publicado : 27/06/2015
Vigencia  :  28/06/2015
===================


Para recordar :

Por Res. de Superintendencia Nro. 300-2014/Sunat se creo el sistema de emisión electrónica ( SEE) , el que incluye el sistema de emisión electrónica de facturas notas de crédito y notas de debito ( SEE-SOL) .

Posteriormente se amplio el SEE-SOL , para implementar la emisión de la boleta de venta electrónica , así como las notas de crédito y debito vinculadas a esta.

Por lo señalado la SUNAT ha  considerado conveniente modificar la información " reglas generales de la información de los comprobantes de pago y/o documentos " de los anexos 5 y 2 de las resoluciones 066-2013/Sunat y 286-2009/Sunat .

La razón de la Res. 162-2015/Sunat
A fin de que los contribuyentes puedan registrar en sus libros y /o registros electrónicos las boletas de ventas, así como las notas de crédito y debito vinculadas a esta , emitidas a través del SEE-SOL.

======================Blog legislación laboral peruana

Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí

===================
Descargue aquí

Catalogo manuales laborales Parte 1

Catalogo manuales laborales Parte 2

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Lo irrazonable en el comportamiento de Sunafil

  La exigencia  del cumplimiento  medidas requerimiento  deben ser dictadas  dentro de la aplicación  del principio  de razonabilidad  Fuent...

Vea tambien ...