¿ Como se aplica el feriado de San Pedro y San Pablo ?
Personas que descansan el dia 29 de Junio 2015
Al ser día Lunes se presentaran los siguientes casos:
a.- Gozan del feriado 29 de Junio
El trabajador no esta obligado a asistir a la empresa , pero esto no significa que perderá el día.
Dicho dio debe ser pagado como un día laborado.
Ejemplo : Juan gana S/ 50.00 diarios
Al gozar del descanso por feriado del 29 de Junio , deberá recibir S/ 50.00
No hay sobretasa adicional
b.- Personas que su día de descanso semanal coincide con el feriado no laborable
El trabajador solo cobrara por un solo concepto .
Ejemplo : Pedro debe descansar el 29 de Junio por ser su día de descanso semanal.
Sin embargo dicho día también es feriado no laborable.
El gana S/ 60.00 diarios ¿ Como debe pagársele?
Pedro solo ganara por el 29 de Junio S/ 60.00
Personas que laboraran ese dia 29 de Junio 2014
Aquí se puede presentar dos situaciones
1.- Aquellos que descansan el día Lunes 29 de Junio 2014 pero acuerdan laborarlo
Por lo general son acuerdos entre el empleador y el trabajador
a.- Con descanso del feriado en otra fecha
Segun acuerdo con los trabajadores , el empleador debe acordar otro dia en el cual se descanse el feriado.
b.- Sin descanso del feriado en otra fecha
En este caso el empleador debera pagarle al trabajador :
Un dia por el feriado
Un dia por la labor realizada
Un dia por no haber descansado el feriado
2.- Aquellos que descansan otro dia de la semana debiendo laborar el Lunes de manera habitual
En este caso se presentan las siguientes situaciones
a.- El empleador no traslada el dia de descanso a otro dia
Es decir el trabajador seguira descansando el dia Lunes y tambien debera descansar el domingo por ser feriado no laborable por San Pedro y San Pablo.
¿ Eso afectara su remuneración de la semana ?
No .
Recibira en forma normal su semana , sin descuento por ausencia alguna .
b.- El empleador hace que labore el día Lunes 29 con descanso sustitutorio
Si el trabajador que descansa el dia Lunes , el empleador le solicita que labore el dicho día, debera establecer con el , otra fecha para descansar el feriado no laborable . Ejemplo : El Jueves.
En dicho caso cobrara su semana de manera normal
c.- El empleador hace que labore el día Lunes 29 sin descanso sustitutorio
Si el trabajador que descansa el dia Lunes , el empleador hace que labore dicho día , sin descanso sustitutorio , debera pagarle una indemnización por haber gozado del feriado no laborable
En este caso le pagara :
Un dia por el feriado
Un dia por haber laborado el feriado
Un dia por no haberle permitido descansar el feriado sin descanso sustitutorio
¿ Pero el empleador puede acordar con el trabajador que ese dia de descanso sustitutorio sea el domingo en que descansa su dia normal ?
Pues , el trabajador no debe permitir eso .
La decisión de cuando gozara el descanso sustitutorio por no haber gozado el feriado es un acuerdo entre el empleador y el trabajador. No una decisión propia del empleador.
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