Res Nro 12-GCSPE-ESSALUD-2015

Establecen disposiciones para la asignacion de asegurados de Essalud a los establecimientos de salud y modifican articulo dela resolución Nro. 001-GCAS-ESSALUD-2014

Norma : Res Nro 12-GCSPE-ESSALUD-2015
Publicado : 04/05/2015
Vigencia  : 05/05/2015


Para recordar :
La Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 001-GCAS-ESSALUD-2014,
dispuso, entre otros aspectos, que la actualización de la dirección domiciliaria se realizará considerando el domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad (DNI) o en los recibos de servicios públicos, tributos municipales, contratos de alquiler, o en el caso de lugares en los que no se disponga de servicios públicos, se tomará en cuenta lo declarado por el asegurado en el Formulario 1010 Formulario Único de Registro;

Ademas la asignación de los asegurados a un determinado Centro Asistencial de EsSalud, se realiza en función a su domicilio, considerando un criterio de organización administrativa,

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¿ Que dice la Resolución Nro 12-GCSPE-ESSALUD-2015?
Asignación de centros atención medica
Se dispone  que la asignación de los asegurados de EsSalud a los Establecimientos de Salud, se realice considerando:
• Asegurados nacionales.- La dirección domiciliaria consignada en el Documento Nacional de Identidad (DNI).

• Asegurados extranjeros.- La dirección domiciliaria consignada en el documento de identidad o declarada a través de la Planilla Electrónica o en la Plataforma de Aseguramiento a través del Formulario 1010.

Solicitudes de cambio de centros atención medica
Las solicitudes de cambio de adscripción se tramiten como actualización de datos de los procedimientos de registro.

La actualización de la dirección domiciliaria se realizará considerando la dirección domiciliaria consignada en el Documento Nacional de Identidad (DNI).

Para el caso de los asegurados extranjeros, se considerará la dirección consignada en el documento de identidad o declarada a través del Formulario 1010.

¿ Que documentos deben presentarse?
Los asegurados presentarán en las Agencias de Seguros u Oficinas de Aseguramiento, de la Gerencia
Central de Seguros y Prestaciones Económicas de EsSalud, los siguientes requisitos:

a) Formulario 1010 Formulario Único de Registro, (versión vigente), firmado por el asegurado y/o entidad empleadora, cuya información consignada tiene calidad de declaración jurada, el mismo que se encuentra disponible en el Portal Institucional de EsSalud (www.essalud.gob.pe).

b) Mostrar el original del Documento de Identidad.


Situaciones excepcionales
Desplazamiento temporal del asegurado
Excepcionalmente, los asegurados podrán realizar cambios de dirección domiciliaria diferente a la dirección consignada en el Documento de Identidad, cuando se desplacen temporalmente de su domicilio habitual, para lo cual presentarán los requisitos señalados en los literales
a) y b) y se tendrá en cuenta lo siguiente:

• En caso de trabajadores dependientes cuyo desplazamiento es por motivos laborales presentarán
además una constancia emitida por el representante legal de la entidad empleadora indicando la relación de los trabajadores.

• Los cambios temporales por motivos no laborales no deben exceder de tres (03) meses y podrán ser realizados una vez en un período de doce (12) meses.

Actualización de datos por EsSalud
Al término del plazo de tres (03) meses, contados a partir de la publicación de la presente
Resolución EsSalud realizará de ofi cio y de manera progresiva, la actualización de la dirección domiciliaria de los asegurados cuya dirección sea diferente a la consignada en el DNI.

En esta situación, se les asignará al Centro Asistencial más cercano a la dirección domiciliaria consignada en el DNI.

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