Malas practicas en la compensacion por tiempo de servicios

Malas practicas  en el pago y calculo de la compensación por tiempo de servicios

Lo que leerá son algunas de las formas poco responsables que algunos empleadores aplican cuando se trata de la compensación por tiempo de servicios.

El objetivo es no pagar o pagar lo menos posible.

Debe entenderse que en estas situaciones existe voluntad de fraude , lo cual lo diferencia de los errores en el cumplimiento de la ley.

Veamos :

1.- Deposito parcial
Algunos empleadores llegado el momento del deposito  compensación por tiempo de servicios.
hacen el pago  solo en un porcentaje . Puede ser el 20 % del total por cada trabajador.

El objetivo : Demostrar ante una inspección de la SUNAFIL que se cumplió con el deposito respectivo. Parcial pero pago al fin.
Después de todo la ley no especifica si el monto debe ser pagado en forma total.

Falso : La ley si especifica la obligación de realizar el pago completo.
Lo que sucede es que se mal asesoran por personas que han leído mal o algún documento desactualizado que abunda en internet.

Resultado : Ante una visita inspectiva de la SUNAFIL deberá pagar
a.- El importe total de la CTS con el debido interés de la entidad bancaria
b.- Pago de la multa respectiva por incumplimiento de la ley.

2.- Elección de  ¿ A que trabajador se le depositara y a quienes no?
Una situación complicada para muchos.
El empleador elige entre sus mas cercanos " colaboradores " para realizar el deposito respectivo por CTS .
Por supuesto el resto de personal no se le ha deposito CTS.

El objetivo : En caso de una visita inspectiva los pone como prueba del cumplimiento de la ley.

Falso : Ante una visita de la SUNAFIL el inspector  lleva reporte de la declaración presentada a través del PLAME y lo compara con los depósitos realizados de la CTS por el empleador.
Por supuesto que se descubre de inmediato al personal sin deposito.

Resultado : El empleador deberá depositar y pagar el interés bancario respectivo por el atraso al personal que no se ha deposito la CTS.

Además del pago de la multa respectiva por incumplimiento de la ley.


3.- Crear trabajadores fantasmas
El empleador ingresa información en el PLAME de trabajadores fantasmas ( personal cesado o familiares directos ) y  hace depósitos CTS  a nombre de los mismos.

El objetivo : Retornar el importe depositado a la cuenta de la empresa.
Se cumplió con la ley.

Resultado : Es fraude y esta penado por las normas legales vigentes.

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Manual Compensación tiempo de
servicios
Ver índice aquí
4.- No solicitar información de la entidad depositaria al trabajador
El objetivo : No realizar el deposito por carecer de la información que el trabajador debió hacer comunicado al empleador en su momento.
Según esta suposición el empleador no podrá ser sancionado pues no estaba en condiciones de cumplir la ley.

Resultado : Es una suposición falsa.
La ley obliga al empleador , cuando el trabajador no informa de la entidad  depositaria , a realizar de todos modos dicho pago en la entidad bancaria que estará obligado a elegir el empleador.


5.- Solo considerar el basico en el calculo de la compensación por tiempo de servicios
El objetivo : Pagar lo menos posible.
El trabajador común no se dará cuenta de que se esta calculando sobre una base diminuta.

Resultado : Es un comportamiento riesgoso.
Ante una visita de la SUNAFIL , se revisara la planilla de pago y se compara con los depósitos CTS.
Las diferencias de base de calculo saltaran a la vista.

6.- Convertirse en microempresa
Objetivo : No estar obligado al deposito de la Compensación por tiempo de servicios

El trabajador de una microempresa no tiene derecho a la compensación por tiempo de servicios.

Resultado : Una situación complicada
La calificación como microempresa surte efecto desde el momento en que se registra en el REMYPE

Esto originara que la empresa  tenga :
a.- Trabajadores que están laborando desde antes de ser Microempresa
A los cuales si deberá depositar la Compensación por tiempo de servicios

b.- Trabajadores que ingresan después de ser calificada como Microempresa
A ellos no le correspondería el derecho a compensación por tiempo de servicios.

¿ Eso esta bien ? . Pues el clima laboral se complicara y no tardara mucho para que aparezcan conflictos laborales.

7.- Abuso de los contratos a tiempo parcial

Objetivo : No estar obligado al deposito de la compensación por tiempo de servicios.

Resultado : El trabajador contratado a tiempo parcial , no tiene derecho al pago de compensación por tiempo de servicios por no cumplir con el requisitos de laborar una jornada igual o superior a 04 horas diarias o un promedio a la semana.

Para lograr su objetivo el empleador tendrá que :
a.- contratar a personal que cubra la jornada completa .
Si antes tenia una persona en una jornada de 8 horas . Ahora tendrá 02 trabajadores para una misma jornada.
b.- Con el tiempo el empleador empezara a dar horas extras , eso desvirtuara el contrato a tiempo parcial convirtiéndose en una situación de simulación.

8.- Pagar al trabajador solo el 10 % de su remuneración mensual por planilla y el resto por recibo honorarios.
Objetivo : Para el mínimo posible.

Resultado : Esta practica es calificada como simulación, sancionada por el SUNAFIL y la SUNAT.


9.- Pagar al trabajador la remuneración completa del trabajador por planilla , pero abusando de los conceptos no remunerativos.
Objetivo : Para el mínimo posible.

Resultado :  La ley otorga la posibilidad al empleador de pagar conceptos que no son base de calculo para el pago , por ejemplo de la compensación por tiempo de servicios.
Ejemplo de estos conceptos : Movilidad, viáticos , participación en las utilidades , asignación por educación, asignación por alguna festividad  o contingencia personal del trabajador , entrega de productos de la empresa , alimentación por prestación indirecta y similares.

Una situación que tomara tiempo establecer y solo aplicable a personal de nuevo ingreso .
Para que el trabajador antiguo pueda ser objeto de esta política el empleador debe hacerle firmar un convenio o acuerdo entre partes , y es dudoso que el total de personal .

10.- Celebrar contratos de trabajo por 25 días  de manera sucesiva
Objetivo : No pagar la Compensación por tiempo de servicios
La compensación por tiempo de servicios se genera desde el primer mes de labores.
Al no tener un mes de labor no tendría derecho a este beneficio.

Resultado : Un criterio equivocado.
Si al momento  del calculo , el trabajador cuenta con menos de un mes laborado ; dicho tiempo no se toma en cuenta para el deposito mas próximo , sino que se computara para el siguiente.

Por lo cual al  suscribir de manera sucesiva otro contrato , se estará sumando el tiempo laborado en el primero y así sucesivamente . Estando el empleador obligado a pagar cada periodo .



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