Lo que tiene que saber sobre la remuneracion Minima Vital

La remuneración mínima vital

¿ A que se llama remuneración mínima vital ?
La Remuneración Mínima Vital (RMV) es el monto mínimo que debe percibir un trabajador no calificado, sujeto al régimen laboral de la actividad privada, que labore por lo menos cuatro horas diarias, independientemente de su fecha de ingreso.

Nótese : que en el texto se menciona " trabajador no calificado" , entonces y los " trabajadores calificados" ¿ Se les aplica la Remuneración Mínima Vital ?.

Si
En la actualidad el concepto de remuneración mínima vital es considerada un " techo remunerativo" mínimo para cualquier trabajador que labore en la actividad privada y que cumpla con mas de 04 horas diarias de labor.



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¿ Se puede pagar la remuneración mínima vital en especies o productos de la empresa?La normatividad señala que la Remuneración Mínima Vital debe ser, en principio, pagada en dinero.

Excepcionalmente puede comprender también pagos en especie “cuando así haya sido establecido por costumbre y el trabajador los acepte”.

Es posible otorgar bienes o servicios, siempre que consistan en contraprestaciones apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y redunden en beneficio de los mismos y que el valor que se le atribuya sea razonable y no mayor del 25% de la Remuneración Mínima Vital.


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¿ Existe una sola remuneración mínima vital ?
 No.
Veamos :
a.- Para el régimen laboral privado de manera general
La remuneración mínima vital es a Febrero 2015 de S/ 750.00


b.- Para determinados regímenes laborales
Para periodistas  es  equivalente a 3  R.M.V.
Para trabajadores mineros es equivalente a la RMV mas un 35 %
Para trabajadores agrarios y acuícolas

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¿ Para que beneficios o conceptos legales se toma como base la remuneración mínima vital ?
a.- La asignación familiar.
Equivale al 10 % de la remuneración mínima vital

No se equivoque : Como se menciono que el régimen laboral minero tiene una RMV especial no significa que esto motive el pago de una " asignación familiar especial ".
El trabajador Minero recibirá , cuando corresponda el 10 % de la RMV general.


b.- Prestaciones Alimentarias
Se ha establecido un tope por ley de 2 remuneraciones Mínimas vitales


c.- Remuneración Nocturna
Equivale a la RMV general mas una tasa del 35 % , cuando corresponda.


d.- La remuneración Mensual asegurable
Para los aportes al Es Salud se toma como base de calculo mínimo la RMV.


 
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El Consejo Nacional del Trabajo.
El último informe del 2014 del Consejo Nacional del Trabajo ( CNT)  propuso elevar la Remuneración Mínima Vital en 10 % ( 75.00 s/)  de S/. 750.00. a S/. 810.00


La fórmula del CNT utiliza los factores de inflación y productividad

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Algo mas que debe saber :
a.- Si un comisionista no tiene calidad de exclusivo , no tendrá derecho a remuneración mínima vital

b.- El trabajador del hogar no tiene derecho a remuneración mínima vital.

c.- Existe un régimen laboral especial que nunca utilizara como base de calculo de sus pagos la remuneración mínima vital  a pesar de que tienen derecho a este beneficio : El régimen laboral de construcción civil.
Esto debido a que sus jornales " básicos " se determinan mediante  negociación colectiva anual.

d.- Si un trabajador no llega laborar la jornada completa establecida en el centro de labores , y su remuneración establecida es la RMV , la recibirá pero de manera proporcional.

e.- En un acuerdo de reducción de remuneraciones celebrado entre el empleador y el trabajador , tendrá como tope la RMV.
A parte del sustento o justificación razonable que motiva dicha reducción.

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