D.S. 002-2015-EF

Disponen reajuste de pensiones percibidas por pensionistas del régimen del D.L. 20530 , de acuerdo a las disposiciones de la Ley 28449 y Ley 28789 y autorizan transferencia de partidas
Norma : D.S. 002-2015-EF
Publicado : 10/01/2015
Vigencia  : 11/01/2015

=====================

Reajuste a partir de enero 2015 , para los beneficiarios de pensiones D.L. 20530 , que hayan cumplido 65 años o mas de edad al 31 diciembre 2014 , cuyo valor anualizado no exceda de 28 UIT
El monto de dicho reajuste ascenderá  a S/ 30.00 .

Limite del reajuste
En ningún caso el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste ( que se define como la suma de las pensiones reajustadas , pensiones adicionales , gratificaciones o aguinaldos , bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año 2015 ) , podrá superara el tope de 28 UIT anuales.


Regularización
En caso de percibirse mas de una pensión , el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto.
Las entidades que al 11/01/2015 hayan pagado pensiones por el año 2015 , regularizaran el abono del reajuste , en el pago correspondiente al mes siguiente.

Actualízate revista laboral electrónica 2015

======================
Blog legislación laboral peruana

Conviértase en seguidor de este Blog :  Ingrese aquí
 
======================
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...