El feriado no laborable dia de San Pedro y San Pablo domingo 29 de Junio 2014
El 29 de Junio 2014 es domingo
¿ Como se aplica el feriado de San Pedro y San Pablo ?
Personas que descansan el dia 29 de Junio 2014
En realidad , la gran mayoria de trabajadores no sentira ese feriado por coincidir con el dia domingo .
El domingo descansa la gran parte de trabajadores.
¿ Entonces no se pagara el feriado por San Pedro y San Pablo 29 de Junio 2014 ?
Si.
Pero al coincidir con el dia domingo no genera pago adicional.
Es decir :
Si usted gana S/ 20.00 diarios
Por el dia feriado y el dia domingo solo recibira S/ 20.00
Como cualqueir otro dia domingo.
Personas que laboran ese dia 29 de Junio 2014
Aqui se puede presentar dos situaciones
1.- Aquellos que descansan el dia domingo pero acuerdan laborarlo
Por lo general son acuerdos entre el empleador y el trabajador
a.- Con descanso del feriado en otra fecha
Segun acuerdo con los trabajadores , el empleador debe acordar otro dia en el cual se descanse el feriado.
b.- Sin descanso del feriado en otra fecha
En este caso el empleador debera pagarle al trabajador :
Un dia por el feriado
Un dia por la labor realizada
Un dia por no haber descansado el feriado
2.- Aquellos que descansan otro dia de la semana debiendo laborar el domingo de manera habitual
Como debe saber existen personas que no descansan el domingo , sino otro dia de la semana .
Ejemplo : Juan descansa todos los lunes , pues labora el domingo.
En este caso se presentan las siguientes situaciones
a.- El empleador no traslada el dia de descanso a otro dia
Es decir el trabajador seguira descansando el dia Lunes y tambien debera descansar el domingo por ser feriado no laborable por San Pedro y San Pablo.
¿ Eso afectara su remuneración de la semana ?
No .
Recibira en forma normal su semana , sin descuento por ausencia alguna .
b.- El empleador hace que labore el dia domingo 29 con descanso sustitutorio
Si el trabajador que descansa el dia Lunes , el empleador le solicita que labore el domingo 29 debera establecer con el , otra fecha para descansar el feriado no laborable
En dicho caso cobrara su semana de manera normal
c.- El empleador hace que labore el dia domingo 29 sin descanso sustitutorio
Si el trabajador que descansa el dia Lunes , el empleador hace que labore el domingo 29 sin descanso sustitutorio , debera pagarle una indemnización por haber gozado del feriado no laborable
En este caso le pagara :
Un dia por el feriado
Un dia por haber laborado el feriado
Un dia por no haberle permitido descansar el feriado sin descanso sustitutorio
¿ Pero el empleador puede acordar con el trabajador que ese dia de descanso sustitutorio sea el mismo lunes en que descansa su dia normal ?
Pues , el trabajador no debe permitir eso .
La decisión de cuando gozara el descanso sustitutorio por no haber gozado el feriado es un acuerdo entre el empleador y el trabajador. No una decisión propia del empleador.
Lic. Ricardo
Candela Casas
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Lo irrazonable en el comportamiento de Sunafil
La exigencia del cumplimiento medidas requerimiento deben ser dictadas dentro de la aplicación del principio de razonabilidad Fuent...
Vea tambien ...
-
En la legislación laboral peruana el permiso o licencia por fallecimiento de un familiar directo es tratado de manera diferente según el r...
-
Ley 29849 Ley que establece la eliminación progresiva del régimen de contratación administrativa de servicios, y otorga derechos laborales....
-
¿ Como solicitar la suspensión de retención y pago a cuenta por rentas de cuarta categoria 2023 ? El manual en linea Lo siguientes pasos ...
-
Resolución 298-2011/Sunat Dictan normas relativas a la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y a la obligación de efectuar r...
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas