Desnaturalización
Contrato accidental de emergencia
Un trabajador fue contratado para cubrir un
puesto de trabajo.
El cual quedo vacante debido al traslado de
su titular anterior a otra dependencia del empleador.
Este contrato no puede ser utilizado para
cubrir la plaza de un trabajador que ha sido trasladado a otra dependencia del
empleador
Exp. 03492-2012-PA/
Este contrato solo debe celebrarse cuando
se produzca un caso fortuito o por fuerza mayor. Lo cual deberá justificarse en
las causas objetivas que sustente este contrato.
De no ser factible se habrá simulado y por
ende desnaturalizado.
El dejar una plaza vacante por trasladado
del titular no motiva el celebrar un contrato accidental de emergencia , pues
dicho traslado no es un caso fortuito o de fuerza mayor.
Base legal :
D.S. 003-97-TR , articulo 62
Exp. 03492-2012-PA/
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