D.S. 010-2013-TR

Decreto supremo que incorpora  disposición complementaria final al Decreto Supremo 004-97-TR , que aprobó el reglamento de la Ley de Compensación por tiempo de servicios

Publicado :  15/11/2013
Vigencia  :  16/11/2013

[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[

Disposición complementaria final
Única : Aquellas entidades publicas , cuyos recursos les permitan incluir los depósitos semestrales de la compensación por tiempo de servicios en sus procesos presupuestales anuales , podrán efectuar dichos depósitos en la entidad financiera correspondiente

[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[

Comentarios :

Una inclusión relacionada con la nueva ley del servicio civil
Según como esta redactada esta disposición ,  se aplicara el deposito semestral establecido en la Ley de la Compensación por tiempo de servicios.

Pregunta ¿ A que entidad financiera correspondiente se refiere ?
Esto por que el sector publico no permite la elección por parte del trabajador de la entidad financiera de su preferencia.
Sera acaso ¿ El Banco de la Nación ?

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Lo irrazonable en el comportamiento de Sunafil

  La exigencia  del cumplimiento  medidas requerimiento  deben ser dictadas  dentro de la aplicación  del principio  de razonabilidad  Fuent...

Vea tambien ...