Incrementan remuneración minima de los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada a partir del 01 de Junio de 2012
Publicado : 17/05/2012
Vigencia : 01/06/2012
Desxarge el D.S. 007-2012-TR desde aqui
Se oficializa el incremento de la remuneración minima vital a partir del 01 de Junio del 2012.
De esta forma dicho importe pasa de S/ 675.00 a S/ 750.00 mensuales o S/ 25.00 diarios.
Para recordar :
El Estado regula la Remuneración minima , con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y empleadores ( Art. 24 Constitución Politica del Perú vigente ).
El Ministerio de trabajo , tiene com función exclusiva el de fijar y aplicar los lineamientos de la politica de remuneración minima ( Ley 29362 , articulo 7 inciso 7.9).
Corresponde al Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo , participar en la regulación de la Remuneración minima , en consecuencia dicho ente en sesión extraordinaria Nro 25 del 10 Mayo 2012 ha consensuado a favor del incremento de dicho pago a S/ 750.00 ( D.S. 004-2010-TR , art. 106 , inc. h ).
Vea tambien :
ABC de la Legislación laboral Mayo 2012
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas