Ley general del trabajo : Las vacaciones




En el informe tecnico elaborado por el Ministerio de trabajo sobre la Ley General del Trabajo , el tema de las vacaciones tiene el siguientre tratamiento :



Duración del descanso

El descanso vacacional es de 30 dias al año-



Fraccionamiento

Puede fraccionarse siempre que al menos uno de los periodos no sea inferior a 06 dias naturales consecutivos.



Oportunidad del descanso

La oportunidad del descanso es fijado por acuerdo de las partes y se consignara dichas fechas en el rol de vacaciones, que el Empleador deberá poner en conocimiento al personal.


Cualquier modificación requiere el acuerdo de las partes . De no haber acuerdo prevalecera la decisión del Empleador, sin perjuicio del Trabajador a impugnar dicha decisión ante la Autoridad Administrativa de trabajo.



Descanso vacacional no gozado en su oportunidad

El descanso no gozado dentro del año siguiente a aquel en el que el trabajador adquiere el derecho , genera el pago de una remuneración con caracter indemnisatorio por el descanso vacaional adquirido y no gozado en su momento.


Dicha indemnización puede reemplazarse con descanso , siempre que exista pacto en ese sentido.


Mas indormación sobre vacaciones aqui

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