Día del trabajador de construcción civil


El 25 de octubre de cada año es día feriado no laborable con goce de remuneración para los trabajadores del ramo y sin que afecte el pago correspondiente al día de descanso semanal. A este feriado le son aplicables las normas comunes previstas en el Cap. II del D.Leg. 713 - Ley 24324

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