Hora de lactancia
Al término del periodo post-natal la madre trabajadora tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que el hijo tenga un año de edad, en el horario acordado con el empleador, dentro de la jornada de trabajo, siendo posible que el permiso se fraccione en dos tiempos iguales.
Este beneficio no puede compensarse ni sustituirse por ningún otro, pero puede ser mejorado por ley, convenio colectivo o costumbre.
La hora de permiso por la lactancia materna se considera como efectivamente laborada para todo efecto legal, incluso para el goce de la remuneración correspondiente, y en ningún caso estara suejto a descuento.
vea ademas
¿ Como aplicar bien la hora de lactancia materna ?
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas