Res 010-2011-SUNAT
Establecen procedimiento para el registrote derechohabientes en el registro de información laboral ( T-REGISTRO) a través del sistema SUNAT operaciones en linea y modifican la Res.de Superintendencia 204-2007/Sunat que aprueba el PDT Planilla Electronica virtual 601
Publicado : 26/01/2011
Vigente : 27/01/2011
Para recordar : Por D.S. 018-2007-TR ( modificado por D.S. 015-2010-TR) se indica que a partir del 01 de Febrero del 2011 , el empleador tiene la obligación de registrar a los derechohabientes ( alta, modificación y/o actualización , baja ) en el registro de información laboral ( T –Registro).
Por la presente norma comentada , se crea el Formulario virtual 1602- Información del derechohabiente .
Dicho sistema virtual será utilizado para el registro de los derechohabientes del trabajador , pensionista y prestador de servicio ( No es aplicable para los casos de trabajador del hogar y trabajador de construcción civil eventual).
Procedimiento :
1.- Ingresar a Sunat Operaciones en Línea
2.- Utilizar código usuario y clave sol
3.- Ubicar formulario virtual 1602
4.- Ingresar el tipo y numero de documento del trabajador , pensionista o prestador de servicios .
5.-Identificar a derechohabiente con :
Documento de identidad nacional o en caso de ser extranjero : carnet de extranjería o pasaporte).
6.- Determinar si es alta ( nuevo ) , baja ( eliminación en el registro) o modificación /actualización. ( En el caso que se modifique información del Documento de identidad, previamente debe realizar las gestiones sobre el particular en la Reniec).
7.- Concluido el ingreso de información el sistema emitirá el CIR ( Comprobante de información registrada ).
La obligación del empleador de informar en el registro de asegurados titulares y derechohabientes se cumplirá en las oportunidades previstas en el D.S. 015-2010-TR
Descargue la cartilla para el uso del aplicativo :
http://orientacion.sunat.gob.pe/images/imagenes/contenido/planillaelectronica/CARTILLA_REG_DERECHOH.PDF
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