Los trabajadores al servicio del Estado están prohibidos de recibir cualquier tipo de dádivas , obsequios , agasajos , donaciones o similares de forma directa o indirecta , de parte de personas naturales o juridicas.
Dicha disposición emana de la Presidencia del Consejo de Ministros.
El alcance de esta norma es a nivel de todo el personal del Estado , cualquiera sea su regimen labora.
El objetivo de la directiva , emitida conforme a la Ley 27825 - Ley de Codigo de Etica de la Función Pública - , busca garantizar que la actuación de los funcionarios y servidores públicos sea conforme al principio de probidad exigida en la administración pública.
La Presidencia del Consejo de Ministros recomienda a las personas e instituciones que han planificado obsequiar bienes o servicios a entidades públicas y/o trabajadores estatales ( Por navidad o por Año Nuevo ) reorienten dichas disposiciones a favor de los niños del Perú , a traves del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ( INABIF).
las entidades públicas deberan tomar las medidas para prevenir que se cometan infracciones a los deberes eticos de los empleados , instruyendo a sus areas de recepción , mesa de partes , seguridad y similares a dar cuenta de las prohibiciones existentes.
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