Un trabajador exige que se otorgue un día más de descanso físico vacacional , pues el que gozo empezó en su día de descanso semanal.
¿ Es válido el reclamo del trabajador ? ¿ La empresa debe darle un día más de vacaciones?
Respuesta:
No .
Según D.S. 12-92-TR en su Art. 14 , señala que . Excepto lo previsto en el Artículo 13º del Decreto Legislativo 713 (*) , establecida la oportunidad de descanso vacacional, ésta se inicia aun cuando coincida con el día de descanso semanal, feriado o día no laborable en el centro de trabajo.
(*) Art. 13.- El descanso vacacional no podrá ser otorgado cuando el trabajador esté incapacitado por enfermedad o accidente.
Esta norma no será aplicable si la incapacidad sobreviene durante el período de vacaciones


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