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Artículo ... : Prohibición del uso de teléfonos celulares y dispositivos móviles.
1. Prohibición General: Se prohíbe el uso de teléfonos celulares, dispositivos móviles personales y cualquier otro dispositivo electrónico similar durante la jornada laboral, incluyendo llamadas, mensajes de texto, acceso a redes sociales, juegos y cualquier otra actividad no relacionada con el trabajo.
2. Excepciones: Se exceptúan de la prohibición anterior aquellos casos en los que el uso del teléfono celular o dispositivo móvil sea estrictamente necesario para el desempeño de las funciones laborales y cuente con la autorización previa y expresa del supervisor o jefe inmediato.
3. Sanciones: El incumplimiento de esta prohibición, será considerado una falta disciplinaria y podrá ser objeto de las sanciones previstas en este reglamento interno de trabajo, que podrán incluir, entre otras, amonestaciones verbales o escritas, suspensiones temporales o, en casos graves y reiterados, el cese en el trabajo.
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