Se recuerda la obligación de contratar trabajadores con discapacidad.
Sector Privado
Empresa con mas de 50 trabajadores están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3%
Sunafil y la verificación del cumplimiento
Es costumbre que Sunafil notifique a las empresas para verificar el cumplimiento de esta exigencia.
Cada mes de Enero solicita información de la planilla electrónica de trabajadores periodo 01 de Enero al 31 Diciembre de cada año.
Regularización posterior ?? Se tiene la idea que al ser detectado el incumplimiento de contratación, se puede regularizar ..
Lo cual no es factible.
Pues es una infracción insubsanable.
No puede ser corregido porque es el incumplimiento de contracción obligatoria del año anterior.
No puede retroceder en el tiempo para cumplir la omisión de contratación.
Calcule su cuota de empleo para el año 2025. Según ese resultado proceda a cumplir con la exigencias legales.
Resumen Contenido..(...)
c. Del Incumplimiento
-- Infracción sociolaboral
- Infracción insubsanable
- Monto de la multa
(..)
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