Nueva casilla electrónica del MTPE

 

El 30 de agosto de 2024 se publicó el Decreto Supremo 4-2024-TR, Decreto Supremo  que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del Ministerio  de Trabajo y Promoción del Empleo (en adelante, “el Decreto Supremo”). 

¿ De que trata?

1. Obligatoriedad

Es obligatoria la notificación vía casilla electrónica de todos los actos administrativos y actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad.

2. Asignación de casilla electrónica

El MTPE asigna de manera gratuita una única casilla electrónica por persona natural o jurídica. La casilla se constituye como domicilio digital obligatorio.

3. Validez y efectos de la notificación vía casilla electrónica

La notificación vía casilla electrónica se entiende válidamente efectuada cuando se realiza el depósito del documento en la casilla electrónica del usuario y se remite el mensaje de alerta informativa tanto al correo electrónico como al celular registrado para tales efectos por el usuario. 

La notificación surte efectos el día en el que conste haber sido recibida vía casilla electrónica o  a partir del primer día hábil siguiente de haber sido recibida, en caso sea día no hábil.

 El  cómputo de los plazos expresados en días se inicia el día hábil siguiente de aquel en que la notificación vía casilla electrónica surte efectos, salvo que en el acto o actuación administrativa notificada se señale una fecha distinta.


Norma legal 
Norma : D. S. Nº 004-2024-TR
Publicado  : Viernes  30 Agosto  2024
Leer aqui


4. Obligaciones de los empleadores

(i) Revisar periódicamente la casilla electrónica asignada.

(ii) Mantener operativos el correo electrónico y número celular registrado.

(iii) Mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad correspondientes para el uso de las credenciales de acceso de la casilla electrónica.

5. Vigencia

El Decreto Supremo entrará en vigor al día siguiente de publicada la Resolución Ministerial que apruebe las disposiciones complementarias, así como el cronograma que determine los plazos para la implementación progresiva, lo cual no deberá exceder del 21 de enero de 2025.


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