¿Tiene tope el monto otorgado por vales o cupones de alimentos al trabajador?

La Prestación alimentaria 

Suministro  Indirecto 

Si.

Tiene doble tope, los cuales deben cumplirse en forma simultánea:

(1) Remuneración Mínima Vital 

Resumen 

(2) Remuneración  Mínima Vital

Caso practico

En Diciembre 2023 , una empresa de servicios decide otorgar a 04 de sus trabajadores ( 02  afiliados a la ONP y los otros a una AFP) , un incremento de remuneración bajo el sistema de  prestaciones alimentarias :

x

El exceso debe ser considerado como remuneración computable para beneficios sociales y  aportes a la Seguridad Social desde el momento de su otorgamiento.

Caso Trabajador A : Exceso del 20 % ( 260)

Sera considerado como remuneración ordinaria para todos los efectos legales.

Caso Trabajador B : Exceso de 2 RMV ( 1,860 ) 

Sera considerado como remuneración ordinaria para todos los efectos legales

El total de la remuneración asegurable constituye renta de quinta categoría.

Base legal: articulo 3 Ley 28051


Nueva tabla remunerativa

Considerando los incrementos mediante vales de consumo y los excesos en los límites 

establecidos , se presenta la nueva tabla remunerativa.

(15 ) 1,025 X 2 = 2,050

(16) 1,200 x 20 % = 240

(17) 3,500 X 20 % = 700

(18) ( 1,200 + 260 ) = 1,460

(19) ( 3,500 +200 ) = 3,700


Más ....

Manual  El concepto  Alimentación  en la Legislación laboral Peruana  

Documento  pdf 

91 páginas 

Costo  : S/ 69.00

Más información aqui  





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