¿ El inspector está en la facultad de exigir al empleador documentos que este lndica " que no posee " , de manera reiterativa sancionando el incumplimiento?
No.
Los requerimientos de información notificados por los inspectores de trabajo en el marco de un procedimiento de fiscalización deben ser claros, concisos y directos en su contenido, con la finalidad de que los sujetos inspeccionados tengan certeza de lo requerido y la correcta forma de cumplimiento.
Para ello, se deberán evitar requerimientos reiterativos pese a tomar conocimiento de la inexigencia o inexistencia de la documentación.
Fuente : Res Sala Plena N° 012-2023-SUNAFIL/TFL. Fundamentos vinculantes
39 y 40 ( Publicado en el diario El Peruano 24/09/2023)
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