1. Concepto
¿ Qué es trabajo forzoso ? Es todo trabajo o prestación de servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual no se ofrece voluntariamente;sea retribuido o no.
Es pues :
a. Una, situación de vulneración de la libertad de trabajo,.
b. Una restricción ilícita de la capacidad de la persona para decidir si trabaja o no, para quién y en qué condiciones.
2 Los elementos del trabajo forzoso
¿ Qué elementos reúne el trabajo forzoso?. El trabajo forzoso presenta 3 elementos:
(i) Todo trabajo o servicio: todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente.
(ii) Amenaza de una pena: la definición supone que la persona ejecuta el trabajo bajo coerción, porque existe para la víctima la presencia real o amenaza creíble de una pena, entre las que se incluyen –a modo solo enunciativo– violencia física, violencia sexual, encarcelamiento u otro confinamiento físico, penas financieras, denuncia ante las autoridades (policía, inmigración, etc.), exclusión de la comunidad y de la vida social, privación de alimento, cobijo u otras necesidades.
(iii) Falta de consentimiento: el trabajo forzoso vulnera la libertad de trabajo precisamente porque afecta ilícitamente el ámbito de autodeterminación de la víctima, encontrándose imposibilitada de consentir válidamente si trabaja o no, para quién lo hace, bajo qué condiciones y si deja de hacerlo.
¿ Cuándo se presenta la falta de consentimiento ? La falta de consentimiento puede presentarse porque la víctima ejecuta el trabajo bajo la amenaza de una pena, en cuyo caso estos dos elementos esenciales se superponen (no puede haber ofrecimiento voluntario bajo amenaza); pero también como consecuencia de una condición específica en la que se encuentra la víctima (por ejemplo: el nacimiento en la esclavitud o servidumbre; rapto o secuestro físico o venta de una persona a otra).
Trata de personas ¿ Qué es trata de personas ? En el marco de una inspección del trabajo, la trata de personas es aquella situación que se da con fines de trabajo forzoso.
3. Indicios de trabajo forzoso
¿ Cuándo hay indicios de la existencia de trabajo forzoso? Por los hechos, actos, circunstancias o signos acreditados y verificados durante una actuacion inspectiv, a partir de los cuales el inspector del trabajo evalúa, bajo las reglas de la lógica, la ciencia o la experiencia, la existencia de los elementos del trabajo forzoso.
4. Víctima de trabajo forzoso
¿ Quienes pueden ser víctima de trabajo forzoso?
En general : Cualquier persona sin distinción alguna en razón de la edad, género, nacionalidad, etnia o condición migratoria, entre otros.
Grupos Vulnerables : Existen grupos en mayores condiciones de vulnerabilidad como, los trabajadores domésticos, migrantes, pueblos indígenas, trabajadores rurales, mujeres y niños.
5. Infraccion sociolaboral
Infracciones muy graves en materia de relaciones laborales El trabajo forzoso, sea o no retribuido, y la trata o captación de personas con dicho fin.
Para saber más: Este tipo de infracción es considerado como insubsanable.
Lo cual significa que el empleador es objeto de sanción inmediata , sin posibilidad de ejercer ningún medio legal de defensa.
Fuente : Directiva N° 001-2023-SUNAFIL/DINI, denominada “Directiva que regula la Inspección de Trabajo en Materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL
Aprobada por Res. de Superintendencia N° 236-2023-SUNAFIL ( 18/06/2023 ) Ver norma Legal aqui
Fuente : D.S. 019-2006-TR , articulo 25, lmc 25.18
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