Registro sindical
Toda organización sindical debe ser registrada ante el Ministerio de Trabajo.
Este trámite es solo de índole administrativo
Antes ( hasta el 24/07/2022)
Documentos debían ser refrendados por Notario Público o Juez de Paz de la localidad.Autoridad debe aprobar el registro, o se aplica silencio positivo.
- Si registro sindical se cancela, deben pasar 6 meses para reinscripción.
Ahora ( Desde el 25/07/2022)
Documentos presentados a la Autoridad Administrativa de Trabajo para el registro sindical deben remitirse bajo Declaración Jurada.
- El trámite de registro se puede hacer virtualmente y su aprobación es automática.
- Si registro se cancela, puede reinscribirse en cualquier momento.
Base legal: Decreto Supremo N° 011-92-TR Modificado por D. S.N° 014-2022-TR (Publicado :24/07/2022)
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