Termino relación laboral
El despido por actos de discriminación
El despido nulo se presenta cuando el empleador sustenta el motivo del cese en una causa ilícita ( sin sustentó legal ) lesionando derechos fundamentales de la persona.
Por ejemplo : despido por embarazo , lesiona el derecho fundamental de la vida .
Por ejemplo : Despido por afiliación a un sindicato. Lesiona el derecho fundamental de asociación laboral.
Por lo tanto .. " No se trata de un despido sin causa que la justifique, .... sino de un despido que tiene una causa, pero que no es legítima porque lesiona derechos fundamentales de la persona"
La protección contra el despido nulo
La legislación nacional otorga protección para ciertos hechos practicados por el empleador, como una forma de salvaguardar los derechos de los trabajadores que se encuentren inmersos en ciertas actividades particulares; en consecuencia, ha dispuesto que solo se presentan la nulidad de despido cuando se aplique los supuestos señalados en el artículo 29 del D.S. 003-97-TR.
Supuestos de despido nulo .
Entre estos supuestos , se encuentran :
- El despido promovido por afiliación a un sindicato,
- La participación en actividades sindicales,
- Ser candidato a representante de los trabajadores,
- Actuar o haber actuado en esa calidad representante de los trabajadores,
- Porque el trabajador presenta una queja o participa en un proceso contra el empleador ante las autoridades competentes.
Entonces...
¿ Cuándo estamos frente a un despido nulo ?
El Trabajador debe demostrar que el despido está precedido de actitudes o conductas del empleador que evidencien el propósito de limitar sus derechos fundamentales como persona , por ejemplo el derecho a la afiliación sindical.”
Fuente : Cas. Lab. 3736-2018, Callao de 17-3-21
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