30 de Agosto 2021 feriado no laborable

 El día feriado  no laborable

30 Agosto 2021

El Lunes 31 de agosto de 2021 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.

¿ Eso que significa?
Que el trabajador  no debe laborar  ese día.

Trabajo  remoto  y licencia  con goce de haber  Covid-19
¿ Estas normas también  aplican  a los  que están  bajo  Trabajo remoto o en licencia  con goce de haber compensable Covid-19?
Si.
Las normas se aplican también  a este grupo de trabajadores.

Remuneración por el 30 de Agosto 2021
¿ Si no se trabaja , no le pagaran ?
Si .
Es un descanso  pagado establecido  en las normas legales vigentes
Véase D.Leg 713.

Ese día que no se trabajan debe ser pagado como un día normal

Ejemplo : Si usted gana S/ 90.00 diarias

Deberán pagarle S/ 90.00 por el 30 de Agosto.

Recuperación  de horas .

¿Debo recuperar las horas no laborar el 30 de Agosto 2021 ?
NO.
El no asistir a laborar no genera la obligación de recuperar las horas no trabajadas ese día.

Trabajador  con licencia  goce de haber compensable  Covid-19
¿ Este  trabajador  deberá también  compensar  el descanso por el feriado?
No.
Solo considera  como obligación  a compensar  los días de la jornada de día  normal  .


Trabajo  el 30 de Agosto  2021

¿ Y qué pasa si el empleador nos ordena laborar el 30 de Agosto ?
Debe existir un acuerdo , no una orden .

Dicho acuerdo es entre los trabajadores que van a laborar y el empleador .

En ese documento se debe indicar que día se gozara del descanso respectivo.

Es decir quedara pendiente el descanso por el 30 de Agosto 2021 a concretarse  en la fecha acordada ( Ejemplo  03 de Setiembre  2021).


Traslado del día feriado 
Este día feriado se goza en la fecha indicada (30 de Agosto ) , no se traslada a otro día , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.

¿ Y ese acuerdo debe ser escrito o solo es verbal ?
Debe ser escrito

¿ El Ministerio de trabajo debe estar enterado de esto?
Sí.
El empleador debe enviar una copia del acuerdo al Ministerio de trabajo

Trabajo el 30 de agosto sin descanso  posterior. 
¿ Y si el empleador me hace trabajar el feriado 30 de  Agosto sin descanso sustitutorio ?
Si el empleador no le indica que otro día deberá descansar en reemplazo de los relacionados por el día 30 de Agosto, debe pagarle el triple.

Por ejemplo: Si labora el 30 sin descanso a gozar en otra fecha:
Si por un día normal a usted le abonan, por ejemplo, S/.90.

Por trabajar en feriado sin descanso sustitutorio le pagarán esos S/.90 ( por haber laborado ) , más S/90 por el feriado y como indemnización por no descansar S/ 90.00

Descanso  semanal  obligatorio y feriado  no laborable

¿Qué sucede si mi día de descanso semanal obligatorio coincide con el 30 de Agosto , y no laboro ?
Es este caso solo se tomara en cuenta el feriado no laborable

Ejemplo : Si su día de descanso semanal obligatorio es el Lunes  30 y usted descansa dicho día
Solo se le pagara por el feriado . Si gana S/ 90.00

Solo se le pagara S/ 90.00 por el Lunes  30.

No le pagaran doble : Es decir
01 por del Descanso semanal obligatorio
01 por el feriado.



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