Nuevas infracciones laborales creadas durante el estado de emergencia nacional

¿En qué infracciones incurre el empleador en caso incumpla con las medidas
excepcionales dispuestas por el Gobierno durante la emergencia?

Constituye infracción muy grave en el marco de la emergencia sanitaria y la emergencia nacional que afectan el cumplimiento de las disposiciones laborales excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el tterritorio nacional, disponer, exigir o permitir el ingreso o la permanencia de personas para prestar servicios en los centros de trabajo cuya actividad no se encuentre exceptuada del Estado de
Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo N° 044-2020-PCM o para labores
que no sean las estrictamente necesarias dentro del ámbito de la excepción.

Asimismo, constituye infracción muy grave el incumplir con la regulación aplicable al
trabajo remoto para trabajadores considerados en el grupo de riesgo por los períodos de la emergencia nacional y sanitaria.

Las multas se aplican de acuerdo a la tabla adjunta

Considerar que los valores se expresan en UIT, la cual asciende a S/ 4,300.

Lic Ricardo Candela  

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