Sí.
a.- Obligación general
Los empleadores que diseñen, fabriquen, importen, suministren o cedan máquinas, equipos, sustancias, productos o útiles de trabajo disponen lo necesario para que:
(…)
Las instrucciones, manuales, avisos de peligro u otras medidas de precaución colocadas en los equipos y maquinarias, así como cualquier otra información vinculada a sus productos, estén o sean traducidos al idioma castellano y estén redactados en un lenguaje sencillo y preciso con la finalidad que permitan reducir los riesgos laborales.
Base legal: Ley 29783 , artículo 69 inciso d
El empleador está obligado a:
Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.
Base legal: D.S. 005-2012-TR , artículo 26 inciso g)
Son funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.
Base legal: D.S. 005-2012-TR, artículo 42 incisos i)
b.- En algunos sectores, de manera específica
En sector Minero
El titular de actividad minera deberá adoptar las siguientes medidas:
a) Colocar letreros con el Código de Señales y Colores en lugares visibles dentro del lugar de trabajo.
b) Preparar y difundir el Código de Señales y Colores, mediante cartillas de seguridad.
( continua ....)
Señales de Seguridad y Salud 2019
121 paginas
________________________
Dudas frecuentes :....
La obligación legal
¿Existe obligación legal del empleador de contar con carteles de seguridad y salud en el trabajo?
Fiscalización en seguridad y salud en el trabajo
¿Los inspectores de trabajo fiscalizan el cumplimiento de contar con carteles de seguridad y salud en el trabajo?
Infracción al no contar con carteles de seguridad
¿Es una infracción en seguridad y salud no contar con los carteles de seguridad respectiva?
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas