La normativa D.S. 008-2002-TR y el Decreto Legislativo 713 no excluyen al personal de dirección y de confianza de su derecho de gozar de un horario de refrigerio pre establecido con su empleador.
Dicho derecho incluye al mínimo vigente de 45 minutos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas