En este mes de Noviembre , el empleador debe realizar el deposito por el semestre Mayo 2017 - Octubre 2017 por compensación tiempo de servicios.
¿ Sabe usted cuanto le tocara recibir por compensación tiempo de servicios ?
El calculo
Para realizar el calculo usted debe considerar
a.- Si tiene derecho a CTS , es obvio no.
b.- El tipo de actividad o empresa donde labora
c.- El tiempo que ha laborado
d.- La remuneración que percibe
a.- Si tiene derecho a CTS , es obvio no.
Si usted al 30 de Octubre 2017 no cumple un mes de servicio completo , no tendra derecho a que le depositen su CTS en Noviembre 2017.
Ese periodo de tiempo no depositado sera considerado para el semestre Mayo-Octubre 2015 .
b.- El tipo de actividad o empresa donde labora
Si la empresa donde labora es una microempresa que ha cumplido con el registro de tal en la Remype . Usted no tendar derecho a compensación por tiempo de servicios . La ley es asi.
c.- El tiempo que ha laborado en el semestre
Si usted a laborado desde Mayo 2017 y continua al mes de Octubre 2017
Tiene el semestre completo .
En consecuencia percibira la CTS en forma integra
Si usted no tiene 06 meses laborando al mes de Octubre 2017 , pero si por lo menos 01 mes , percibira la CTS de manera proporcional.
d.- La remuneración que percibe
Si usted solo recibe una remuneración mensual que consta de un basico .
Este monto servira de base para el calculo de su CTS.
Si usted en el semestre Mayo 2017 - Octubre 2017 ha realizado sobretiempo .
Este sera considerado en la base de calculo de su CTS
Si su empleador le da alimentación a traves de concesionario , y dicho consumo tiene un costo . Este sera considerado como base de calculo de su CTS.
Si usted a percibido gratificación por Fiestas patrias 2017 , esta sera considerada en la base de calculo de su CTS , pero solo un dozavo.
¿ Y la bonificación extraordinaria que se paga con la gratificación, tambien es considerada ?
No.
No sera considerada.
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