27 Julio día no laborable compensable sector Público



¿ A qué se llaman días no laborables compensables?
Son fechas establecidas por norma legal expresa, en la cual el servidor público no asiste a laborar sin perder su remuneración , siempre que cumpla el requisito de compensar el tiempo no trabajado.

¿ Es lo mismo que decir días feriados no laborables?
No.

¿ Cuál es la diferencia ?

Los días feriados no laborables , no están sujetos a compensación por el tiempo no laborado.

Para recordar :
Por D.S. 001-2017-PCM ( 06/01/2017) se ha normado sobre los días no laborables compensables para el año 2017.

En el sector Público
¿ En el año 2017 cuales son los días no laborables compensables para el sector Publico?
Para el año 2017 , según  el D.S. 001-2017-PCM , dichos días son :Viernes 30 de junio de 2017Jueves 27 de julio de 2017Martes 2 de enero del 2018

¿ Cómo se realiza la compensación de horas?
Las horas dejadas de trabajar en los días no laborables establecidos , serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

 ¿ Cómo debe procederse en caso de  Servicios indispensables y atención al público.?
Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados.

En el sector Privado
¿ El sector privado también puede utilizar estos días no laborables compensables?
Si. 

¿ Que requisito se debe cumplir?
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a estos días no laborables compensables , previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores. 

¿ Ese acuerdo qué sentido tiene ?
En dicho acuerdo  deberá establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas “de laborar. 

¿Pero si en dicho acuerdo no existe disposición ?
A falta de acuerdo decidirá el empleador



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