¿Cuál es el procedimiento que el empleador debe seguir para el pago de los beneficios sociales de un trabajador que ha fallecido?
Primer paso : ¿ Quienes son los herederos?
Por lo general es la cónyuge o esposa ( incluso ambas) y los hijos del trabajador.
Segundo paso : ¿ Como demuestran su condición ?
Mediante testamento o declaratoria de herederos .
¿ y si los herederos no lo tienen ?
No se podrá realizar ningún pago.
¿ Pero si traen un documento donde certifica que esta en proceso de tramite?
Tampoco .
¿ Y si los herederos tienen urgencia de contar con los beneficios sociales para utilizar en las urgencias del caso?
No procede .
Tercer paso : ¿ Cuanto tiempo debe esperar el empleador para realizar el pago?
Si luego de 48 horas de extinguida la relación laboral .
Esto se cuenta desde la fecha del fallecimiento del trabajador.
Los herederos no presentan el testamento o declaratoria de herederos , el empleador deberá proceder a consignar judicialmente la liquidación de beneficios sociales del trabajador.
Base legal : Ley 29497 , articulo 64
La liquidación de beneficios sociales .
Como sabe la liquidación de beneficios sociales puede contener conceptos tales como :
Remuneración mensual pendiente de pago
Vacaciones : No gozadas y truncas
Gratificación trunca
Compensación por tiempo de servicios .
En relación a la compensación por tiempo de servicios debe considerar algunos puntos.
La compensación por tiempo de servicios
En este caso el empleador deberá proceder de dos maneras.
a.- Por los depósitos ya realizados de la Compensación por tiempo de servicios
Deberá detallar las fechas y montos de la compensación por tiempo de servicios ya depositada
b.- Por la compensación por tiempo de servicios aun no depositada motivada por la conclusión no prevista de la relación laboral.
. El empleador debe entregar al depositario el importe de la compensación que hubiera tenido que pagar al trabajador directamente dentro de las 48 horas de notificado o de haber tomado conocimiento del deceso.
Ya el depositario ( entiéndase entidad financiera que eligió el trabajador para realizar los depósitos de la CTS ) , tiene sus obligaciones y procedimientos a cumplir con los herederos del trabajador.
La participación en las utilidades de la empresa
¿ Falta algo?
Si la participación en las utilidades de la empresa
Si la empresa en el periodo que laboro el trabajador a obtenido utilidades por ser repartidas , en su momento , deberá considerar realizar el pago de dicho monto a sus herederos.
Esto no es inmediato .
Recuerde : La participación que corresponde a los trabajadores debe ser distribuida dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Renta.
¿ Por cuanto tiempo los herederos tienen la opción a cobrar las utilidades del trabajador fallecido?
El derecho para exigir el pago prescribe a los 4 años contados a partir del momento en que se debió efectuar la distribución
y ¿ Como se le debe pagar a los herederos?
Lo mas conveniente para el empleador , para evitar posibles problemas legales , deberá consignar judicialmente el monto de las utilidades correspondientes.
De esta manera sera el Poder judicial quien realice el pago respectivo .
El seguro vida de ley : Si el trabajador a tenido 04 o mas años al servicio del empleador debera informar del deceso del trabajador a la compañía de seguros , con la cual a contratado dicho beneficio, para que dicha entidad se comunique con los herederos.
Primer paso : ¿ Quienes son los herederos?
Por lo general es la cónyuge o esposa ( incluso ambas) y los hijos del trabajador.
Segundo paso : ¿ Como demuestran su condición ?
Mediante testamento o declaratoria de herederos .
¿ y si los herederos no lo tienen ?
No se podrá realizar ningún pago.
¿ Pero si traen un documento donde certifica que esta en proceso de tramite?
Tampoco .
¿ Y si los herederos tienen urgencia de contar con los beneficios sociales para utilizar en las urgencias del caso?
No procede .
Tercer paso : ¿ Cuanto tiempo debe esperar el empleador para realizar el pago?
Si luego de 48 horas de extinguida la relación laboral .
Esto se cuenta desde la fecha del fallecimiento del trabajador.
Los herederos no presentan el testamento o declaratoria de herederos , el empleador deberá proceder a consignar judicialmente la liquidación de beneficios sociales del trabajador.
Base legal : Ley 29497 , articulo 64
La liquidación de beneficios sociales .
Como sabe la liquidación de beneficios sociales puede contener conceptos tales como :
Remuneración mensual pendiente de pago
Vacaciones : No gozadas y truncas
Gratificación trunca
Compensación por tiempo de servicios .
En relación a la compensación por tiempo de servicios debe considerar algunos puntos.
La compensación por tiempo de servicios
En este caso el empleador deberá proceder de dos maneras.
a.- Por los depósitos ya realizados de la Compensación por tiempo de servicios
Deberá detallar las fechas y montos de la compensación por tiempo de servicios ya depositada
b.- Por la compensación por tiempo de servicios aun no depositada motivada por la conclusión no prevista de la relación laboral.
. El empleador debe entregar al depositario el importe de la compensación que hubiera tenido que pagar al trabajador directamente dentro de las 48 horas de notificado o de haber tomado conocimiento del deceso.
Ya el depositario ( entiéndase entidad financiera que eligió el trabajador para realizar los depósitos de la CTS ) , tiene sus obligaciones y procedimientos a cumplir con los herederos del trabajador.
La participación en las utilidades de la empresa
¿ Falta algo?
Si la participación en las utilidades de la empresa
Si la empresa en el periodo que laboro el trabajador a obtenido utilidades por ser repartidas , en su momento , deberá considerar realizar el pago de dicho monto a sus herederos.
Esto no es inmediato .
Recuerde : La participación que corresponde a los trabajadores debe ser distribuida dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Renta.
¿ Por cuanto tiempo los herederos tienen la opción a cobrar las utilidades del trabajador fallecido?
El derecho para exigir el pago prescribe a los 4 años contados a partir del momento en que se debió efectuar la distribución
y ¿ Como se le debe pagar a los herederos?
Lo mas conveniente para el empleador , para evitar posibles problemas legales , deberá consignar judicialmente el monto de las utilidades correspondientes.
De esta manera sera el Poder judicial quien realice el pago respectivo .
El seguro vida de ley : Si el trabajador a tenido 04 o mas años al servicio del empleador debera informar del deceso del trabajador a la compañía de seguros , con la cual a contratado dicho beneficio, para que dicha entidad se comunique con los herederos.
Manual pago de beneficios sociales a trabajador fallecido
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- Formato: Constancia de cese
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